CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 651/2021, de 29 de septiembre. Recurso 4123/2018

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/1115860
RESUMEN

Concurso de acreedores. Efectos de la declaración de concurso sobre un contrato de compraventa de un solar que estaba pendiente de cumplimiento por ambas partes. En aplicación del art. 61.2 LC, la obligación de la concursada vendedora de entrega de un solar en las condiciones pactadas, puede exigirse con cargo a la masa. El comprador, parte in bonis, puede pedir el cumplimiento del contrato. No obsta a esta pretensión que la administración concursal hubiera incluido en la lista de acreedores un crédito concursal por el importe de la eventual obligación de devolución de las cantidades entregadas a cuenta, porque el comprador no optó por la resolución, sino por el cumplimiento.

 Procede la condena a la concursada al cumplimiento del contrato de venta anterior al concurso y la vendedor pagará el resto del precio siendo el crédito ordinario reconocido por lo pagado solo para el caso de resolución de la venta
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador José Luis Medina Gil, en nombre y representación de la entidad Transfrigo Paco Ballester S.L., interpuso demanda de incidente concursal ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, contra la administración concursal y la entidad Promoción Económica Moncada S.A., para que se dictase sentencia por la que:
"- Se condene a la concursada al cumplimiento del contrato suscrito respecto a la parcela resultante de la reparcelación nº 19849 del Registro de la Propiedad de Moncada 1, según contrato de 11 de enero de 2013, (fechado erróneamente como 2012), con ejecución de las obras de urbanización y escrituración de la parcela, libre de cargas, a favor de Transfrigo Paco Ballester, SL abonándose además 600 €; diarios desde la interposición de la presente demanda por cada día de retraso.
"- Subsidiariamente a la anterior, se proceda a escriturar a nombre de Transfrigo Paco Ballester, SL la parcela, finca nº 19849 del Registro de la Propiedad de Moncada nº 1, en su actual estado, sin que tenga que abonar el comprador cantidad alguna adicional a la ya pagada, asumiendo los costes de urbanización que en su momento se originan, y el pago de la carga hipotecaria inscrita.
"- Subsidiariamente a la anterior, se declare la vigencia del contrato de compraventa.
"- Subsidiariamente