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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 935/2022, de 23 de noviembre. Recurso 1359/2021

Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
SP/SENT/1165375
RESUMEN

Impugnación individual de despido colectivo autorizado por el Juez del Concurso. Se debate la competencia del Juzgado de lo Mercantil en un supuesto en el que la demanda por despido se fundamenta en cesión ilegal de trabajadores demandando a otras empresas no concursadas. Falta de contradicción.

 Impugnación individual de despido colectivo autorizado por Juez del Concurso: competencia del Juzgado de lo Mercantil; despido se fundamenta en cesión ilegal de trabajadores demandando a otras empresas no concursadas; falta de contradicción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 2 de septiembre de 2020 el Juzgado de lo Social núm. 39 de Madrid dictó auto, en la que se declararon probados los siguientes hechos:
"PRIMERO.- Correspondió a este Juzgado el 24 de junio de 2020, la demanda iniciadora de las presentes actuaciones, en pretensión por despido acordado en ERE concursal, instada respectivamente por D. Salvador, D. Sergio, D. Vidal, D. Jose Luis, D. Valentín y D. Rubén, frente a la empresa OMBUDS SERVICIOS S.L., BAKER TILLLY CONCURSAL S.L.P., en su condición de administrador concursal de la mercantil demandada; INDIGO PARK ESPAÑA S.A. e INDIGO INFRA ESPAÑA S.A.; en reclamación de despido, en la que la parte actora terminaba suplicando se dictase sentencia en los términos siguientes:
"SUPLICO AL JUZGADO DE LO SOCIAL: Que, habiendo por presentado este escrito, con sus copias, y documentos, por el/la Secretario/a judicial se sirva admitirlo y, en su virtud, tener por formulada demanda por despido improcedente y cantidad, contra "ÍNDIGO PARK ESPAÑA, S.A.", "ÍNDIGO INFRA ESPAÑA, S.A." o en "OMBUDS SERVICIOS, S.L." "administración concursal de OMBUDS SERVICIOS SL" y, tras los trámites legales, se sirva señalar día y hora para la conciliación previa a juicio por el que, en definitiva, caso de no avenencia, por el Juzgado se dicte Sentencia por la que se declare la existencia de cesión ilegal de los trabajadores y se les conceda la opción de adquirir la condici