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TS, Sala Primera, de lo Civil, 570/2018, de 15 de octubre. Recurso 3833/2015

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/976349
 Mientras la AC no se persone y solicite la sustitución procesal de la concursada, está sigue legitimada para continuar con el procedimiento aunque se aperture la liquidación, aunque para recurrir en apelación necesite la conformidad de la AC
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador Raúl Vicente Bezjak, en nombre y representación de la entidad Enrique Llorca Martí, S.L., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Valencia, contra la entidad Bankia, S.A., para que se dictase sentencia por la que:
«1. Se declare la nulidad del negocio jurídico de adquisición de participaciones preferentes unilateralmente formalizado por la entidad bancaria demandada en fechas 30.5.2011 y 31.5.2011, denominadas "PPF.BEF S/B", con absoluta ausencia de consentimiento por parte de la actora; con los efectos legales que ello conlleva, esto es, la restitución de las prestaciones, con devolución a la actora del importe del nominal de la compra más el conjunto de importes cargados en concepto de comisiones e intereses como consecuencia del descubierto en cuenta corriente directamente generado por dicha adquisición, a lo que habrá que restar los intereses abonados a la actora generados por dicho producto, de todo lo que resulta un neto a favor de la demandante por importe de diez mil seiscientos veintidós euros con ochenta y nueve céntimos de euro (#10.622,89# euros), a cuyo pago debe ser condenada la demandada, Bankia S.A., con más los intereses legales procedentes.
»2. Se condene a la demandada, Bankia S.A., al pago a la actora, Enrique Llorca Martí S.L., de la cantidad de tres millones seiscientos s