CARGANDO...
SP/DOCT/73150

Artículo Monográfico. Mayo 2018

Cybermobbing laboral: elementos definidores

Sergio González García. Profesor visitante. Doctor en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Rey Juan Carlos
RESUMEN

El acoso psicológico en el trabajo (o mobbing) es una conducta de violencia psicológica reiterada y prolongada en el tiempo, en el marco de una relación laboral, que supone un riesgo importante para la salud del trabajador. El presente artículo resume las principales características del acoso laboral en Internet (o cybermobbing) conforme al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social español y concluye que los mecanismos de protección que existen en la actualidad deben adaptarse a los nuevos tiempos. Hay un conflicto entre el derecho a la confidencialidad de las comunicaciones y el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, cuya resolución depende de las posibilidades de acceso a la información. Cuestión difícil y controvertida. Las medidas internas de prevención de riesgos laborales parecen insuficientes.

I. Consideraciones generales
El acoso psicológico en el trabajo (o mobbing) es una conducta de violencia psicológica reiterada y prolongada en el tiempo en el marco de una relación laboral, que supone un riesgo importante para la salud del trabajador. El presente artículo resume las principales características del acoso laboral en Internet (o cybermobbing), conforme al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social español, y concluye que los mecanismos de protección que existen en la actualidad deben adaptarse a los nuevos tiempos. Hay un conflicto entre el derecho a la confidencialidad de las comunicaciones y el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, cuya resolución depende de las posibilidades de acceso a la información. Cuestión difícil y controvertida. Las medidas internas de prevención de riesgos laborales parecen insuficientes.
II. Introducción
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) se sirvió en un primer momento de la definición de mobbing o workpace bullying propuesta por el profesor Leymann (1996) y sostuvo –en su NTP 476– que el acoso psicológico en el trabajo (APT) comprendía una "situación en la que una persona o un grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema (en una o más de las 45 formas o comportamientos descritos por el Leymann Inventory of Psychological Terrorization, LIPT), de forma sistemática (al menos, una vez por semana), durante un tiempo prolongado (más de 6 meses), sobre otra persona en el lugar de trabajo" (INSHT, 1998, pág. 1). Posteriormente, ante la coexistencia de distintas definiciones doctrinales y jurisprudenciales, el referido Instituto volvió sobre sus propias palabras y, con el fin de lograr una cierta homogeneidad –desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales–, concluyó que el APT consiste en la "Exposición a conductas de violencia psicológica, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica). Dicha exposición se da en el marco de una relación laboral y supone un riesgo importante para la salud" (INSHT, 2009, pág. 2).
El impacto de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral ha puesto sobre la mesa una nueva modalidad de mobbin