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AP Barcelona, Sec. 4.ª, 65/2021, de 3 de febrero. Recurso 428/2020

Ponente: JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
SP/SENT/1089454
 No resulta controvertido que la parte actora estuvo prestando servicios para la creación y dirección de la marca como se fija en los honorarios y de ahí surge el derecho a percibir el 8% de los beneficios obtenidos del restaurante
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "" Que desestimando la demanda interpuesta por Dª. Margarita DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO de todos los pedimentos hechos en su contra a D. Adolfo y sin imposición de las costas a ninguna de las partes ""
SEGUNDO. Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la referida parte litigante. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día tres de diciembre pasado.
Actúa como ponente el Ilmo. Magistrado Sr. Jordi-Lluís Forgas i Folch.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.- Margarita formuló demanda contra Adolfo en la que le reclamaba las sumas de (i) 72.600 euros que se corresponde a la cantidad mensual pactada de 4.000 euros desde la inauguración del Restaurante Tapas 24 Camp Nou a razón de 4.000 euros al mes, durante quince meses hasta el 30 de Octubre de 2016 según el siguiente detalle (desde 1 de agosto 2015 a 3O de Octubre 2016) total de 72.600 euros; (ii) El 8 % de los beneficios obtenidos por la explotación del restaurante Tapas 24-Camp Nou y/o negocio TAPAS 24 BARÇA a través de ZUPNER TRADE, SL durante el ejercicio 2015 derivados del contrato firmado con el FCB de fecha 17 de abril de 2015; (iii) El 3 % sobre el precio pactado con el Cliente de Caterings y otros eventos puntuales contratados desde la inauguración del citado restaurante y negocio, que fue el 8 de Julio de 2015 a través de ZUPNER TRADE. SL durante el ejercicio 2015; (iv) La cantidad mensual de 4.000 euros más IVA a partir deI día 1 de Noviembre 2016 hasta la finalización del expresado contrato suscrito entre ZUPNER TRADE, SL y el FCB; (v) El importe del 8% de los beneficios futuros por la explotación del restaurante Tapas 24-Camp Nou y/o negocio TAPAS 24 BARÇA que pueda obtener a través de ZUPNER TRADE, SL desde el 1 de Enero de 2016 hasta la finalización del contrato con el FCB; (vi) El 3 % de los caterings y otros eventos puntuales contratados, sobre el precio pactado con el Cliente a través de ZUPNER TRADE, SL durante el ejercicio 2016 y posteriores hasta la finalización del contrato con el FC