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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 769/2019, de 12 de noviembre. Recurso 1453/2017

Ponente: MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
SP/SENT/1027045
 Despido objetivo en el marco de un despido colectivo: puesta a disposición de la indemnización, mediante transferencia bancaria, antes de la fecha de efecto de la extinción del contrato
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 27 de junio de 2016 el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Santander dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos:
"PRIMERO.- Los actores han venido prestando sus servicios profesionales en la empresa demandada, BANKIA. S.A, con las siguientes antigüedades, categorías profesionales y salario anual, con prorrata de pagas extraordinarias:
- Dña. Begoña- 19 de septiembre de 1988- Grupo Nivel VI- 49.438,08 €;. Su centro de trabajo se encontraba en la Avenida de Cantabria, n° 15 de Los Corrales de Buelna.
- D. Herminio- 19 de septiembre de 1988- Grupo I Nivel IV- 53.864,28 €;. Su centro de trabajo se encontraba en la oficina Plaza Tres de Noviembre de Torrelavega.
* La diferencia entre el importe percibido en el primer pago y la cuantía correspondiente a 30 días de Retribución Fija por año de servicio, con el límite de 20 mensualidades calculada a la fecha de extinción de !a relación laboral.
* 16.000,00 €; a razón de 2.000 euros brutos por cada tres años completos de prestación de servicios a la fecha de extinción de la relación laboral.
El abono de este segundo pago se realizará en el plazo de 18 meses desde la extinción de la relación laboral, siempre y cuando durante dicho periodo Bankia no le haya ofrecido un empleo de carácter indefinido, bien de forma dire