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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 635/2021, de 17 de junio. Recurso 180/2019

Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
SP/SENT/1106228
RESUMEN

SERUNIÓN S.L. Conflicto colectivo sobre percepción de propinas. 1º) La propina es percepción derivada de liberalidad de quien la concede, sin que su derecho al cobro pueda constituir una condición más beneficiosa. Reitera doctrina. 2º) Salvo en la parte que se destina a la percepción del salario garantizado, las propinas poseen naturaleza extrasalarial. Reitera doctrina. 3º) Constituye modificación sustancial de condiciones de trabajo la prohibición de percibir propinas por parte de la clientela, lo que venía sucediendo pacíficamente hasta que una auditoría interna desvela diversas irregularidades (Resolución del caso). De acuerdo con Ministerio Fiscal, estima el recurso frente a STSJ Asturias 13/2019 de 29 julio. Voto Particular.

 Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: estimación; prohibición de percibir propinas por parte de la clientela
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Los sindicatos Comisiones Obreras de Asturias y Unión General de Trabajadores interpusieron demanda de conflicto colectivo del que conoció la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte sentencia por la que, estimando la presente demanda, declare la nulidad de la decisión adoptada por la mercantil demandada, de suprimir las propinas en los centros de trabajo indicados, y reconozca el derecho de los trabajadores afectados a continuar recibiendo de los clientes usuarios, si así lo desean, las propinas que hasta ahora venían percibiendo, en los mismos términos y formas, obligándose a adoptar las medidas necesarias para la efectividad del fallo y con cuanto más proceda en derecho.
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda de conflicto colectivo, se celebró el acto del juicio en el que la parte actora se afirmó y ratificó en la demanda, oponiéndose la demandada, según consta en acta. Recibido el juicio a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y declaradas pertinentes.
TERCERO.- Con fecha de 29 de julio de 2019 se dictó sentencia ahora recurrida, con el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda de conflicto colectivo formulada por los sindicatos Comisiones Obreras de Asturias y Unión General de Trabajadores, frente a la empresa Serunión, S.A., debemos absolver y absolvemos a la parte demandada