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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 846/2021, de 23 de julio. Recurso 1515/2020. Con Comentarios

Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
SP/SENT/1108147
RESUMEN

Jubilación activa con el 100% de la pensión de los autónomos societarios cuya mercantil tiene contratados a trabajadores por cuenta ajena. Desestimación de la compatibilidad plena.

 Jubilación activa: un autónomo societario no tiene derecho a percibir la pensión de jubilación compatible con el trabajo en la cuantía del 100 por ciento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 10 de enero de 2020, el Juzgado de lo Social número Uno de Logroño, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Estimando la demanda formulada por Dña. Araceli frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo efectuar los siguientes pronunciamientos:
1. Revocar las Resoluciones de fecha de 23 de abril de 2.019 y 13 de junio de 2.019 de la Dirección Provincial del INSS de La Rioja.
2. Declarar el derecho de la actora a percibir la pensión de Jubilación Activa en cuantía del 100% de su base reguladora mensual, condenando a las entidades demandadas a estar y pasar por ello así como al abono a la demandante de dicha pensión junto con los atrasos correspondientes."
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como hechos probados se declaran los siguientes:
"PRIMERO. La actora, Dña. Araceli, con número de afiliación a la Seguridad Social NUM000, y afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, mediante Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 2 de marzo de 2.018, con fecha de efectos económicos de 1 de marzo de 2.018. se le reconoció pensión de jubilación activa (50%) a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
SEGUNDO. Con fecha de 4 de abril de 2.019 la actora solicita ante la Dirección Provincial del INSS acogerse a