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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 221/2022, de 14 de marzo. Recurso 2009/2019

Ponente: MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
SP/SENT/1139050
RESUMEN

ALEADOS DEL COBRE SA -ALDECOSA- Despido disciplinario de trabajadora imputándole la empresa haber copiado de forma irregular información de la empresa en diversos dispositivos de almacenamiento USB. Acceso al ordenador y pendrive de la trabajadora.Se plantea la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales: el derecho a la intimidad y el derecho a no sufrir discriminación por razón de parentesco.Recurren la empresa y la trabajadora.Falta de contradicción.

 Derecho a la intimidad no vulnerado: acceso al ordenador y pendrive de la trabajadora despedida por haber copiado de forma irregular información de la empresa en diversos dispositivos de almacenamiento USB
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 Derecho a la intimidad y la discriminación por razón de parentesco: indemnización por daños morales; falta de contradicción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 26 de febrero de 2018, el Juzgado de lo Social nº 3 de Tarragona, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "ESTIMO la demanda formulada por Jacinta frente a ALEADOS DEL COBRE, S.A. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre DESPIDO NULO y subsidiariamente IMPROCEDENTE Y CANTIDAD y VULNERACIÓN DEDERECHOS FUNDAMENTALES y condeno a ALEADOS DEL COBRE, S.A. a readmitir a la actora en su puesto y condiciones de trabajo, como Directora Comercial y a que le abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido y hasta que se produzca la readmisión conforme a una base reguladora diaria de 198,92 euros. Así mismo deberá abonar ALEADOS DEL COBRE, S.A. a Jacinta la cantidad de 187.515 euros en concepto de Indemnización por la vulneración de derechos fundamentales. Se absuelve al FGS sin perjuicio de sus responsabilidades legales.".
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- La actora inició su relación laboral con la demandada el 19-1-1995, su categoría profesional es la de Directora Comercial y su salario mensual es de 6.050,63 euros con parte proporcional de pagas extras. La actora realizaba media jornada mañana en las oficinas de la empresa y la otra media desde su domicilio. (Hecho no controvertido). Desde el 15/7/2015 se cerró el acceso remoto, folios 647 y 648. A la relación laboral le es de aplicación el Convenio Colectivo para la i