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TSJ Castilla y León, Burgos, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 598/2018, de 3 de octubre. Recurso 588/2018

Ponente: JOSE MANUEL MARTINEZ ILLADE
SP/SENT/980044
 Derecho a pensión de viudedad: suspensión fáctica temporal de la convivencia por sentencia firme por delito de lesiones a la esposa causante y reanudación de la convivencia tras cumplir los 3 meses de prohibición de aproximación y comunicación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 18 de junio de 2018 cuya parte dispositiva dice: "Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora, DON Luis Enrique, contra la parte demandada, el INSS, sobre pensión de viudedad, y previa revocación de las Resoluciones de 21-2-18 Y 18-4-18, debo declarar y declaro que la parte actora tiene derecho a una pensión vitalicia de viudedad del 52% sobre la base reguladora de 1.029Ž85 Euros mensuales, más revalorizaciones y mínimos que correspondieren, con efectos del día 11-2-18; y, en su consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos legales".
SEGUNDO.- En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: "PRIMERO.- Que la parte actora, nacida el NUM000-56, contrajo matrimonio con Dª. Antonieta en fecha de 20-10- 84, la cual falleció 10-2-18 estando dada de alta en la Seguridad Social y cumpliendo todos los requisitos como sujeto causante de las prestaciones por muerte y supervivencia.
SEGUNDO.- Que la parte actora fue condenada por un delito de lesiones a su esposa mediante Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Ávila (Ejecutoria