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SP/DGT/69385

Consulta DGT V2187-19, de 16 de agosto de 2019. Vinculante

¿Existe obligación de modificar la declaración? ¿Tendría alguna sanción?

SG de Tributos
Normativa
RGAT. RD 1065/2007: art 42 bis.
Descripción
El consultante presentó declaración informativa en 2013, declarando una serie valores depositados en una entidad financiera en el extranjero, pero por error, según el consultante, los identificó mediante la clave "I", en lugar de la clave "V".
En ejercicios posteriores, esos valores se traspasaron a una entidad financiera residente en España, incluso algunos se vendieron.
Cuestión
¿Existe obligación de modificar la declaración?
¿Tendría alguna sanción?
Contestación
Con carácter previo hay que señalar que, en base a las manifestaciones efectuadas por el consultante en la solicitud de consulta, la contestación a la misma se centrará exclusivamente en relación al régimen formal de la declaración del bienes y derechos en el extranjero (modelo 720).
En primer lugar y por lo que respecta al traspaso de valores:
La Disposición Adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18), en adelante LGT, en sus apartados 1.a) y 1.b) establece:
"1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:
a) Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.
b) Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de