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TEAC, 00/00816/2021, de 24 de junio de 2021

SP/SENT/1105935
RESUMEN


Asunto: IRPF. Deducción por familia numerosa.

Criterio:
Para poder aplicar la deducción por familia numerosa del artículo 81.bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (LIRPF), es necesario acreditar la concurrencia de los requisitos y condiciones establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (LPFN) por cualquier medio de prueba admisible en Derecho y no exclusivamente mediante el título oficial de familia numerosa al que se refiere el artículo 5.1 de esta última ley.

Unificación de criterio.

Referencias normativas:
Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF 81.bisLey 40/2003 Protección a las Familias Numerosas 23 5.1

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEAR de Cataluña, en adelante) ha dictado con fecha 29 de julio de 2020 la resolución .../2020 relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La cuestión controvertida consistía en determinar la procedencia de la deducción por familia numerosa del artículo 81 bis de la Ley 35/2006 reguladora del IRPF. El TEAR de Cataluña considera que la condición de familia numerosa a efectos del beneficio fiscal se acredita con el título de familia numerosa y tiene efectos desde la fecha de presentación de la solicitud de reconocimiento o renovación del título oficial.
Por ello desestima la reclamación y confirma la improcedencia de aplicar la deducción durante los meses de junio a diciembre de 2017 "dado que solamente consta para 2017 un carnet de familia numerosa válido hasta el 12/06/2017, sin que en el citado año conste solicitada su renovación".
Sobre la misma cuestión se han pronunciado en sentido distinto el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Murcia (TEAR de Murcia) en resolución 30/3350/2017 de 13 de junio de 2019 y el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura (TEAR de Extremadura) en resolución 06/662/2017 de 30 de octubre de 2019.