TEAC, 00/00816/2021, de 24 de junio de 2021
Asunto: IRPF. Deducción por familia numerosa.
Criterio:
Para poder aplicar la deducción por familia numerosa del artículo 81.bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (LIRPF), es necesario acreditar la concurrencia de los requisitos y condiciones establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (LPFN) por cualquier medio de prueba admisible en Derecho y no exclusivamente mediante el título oficial de familia numerosa al que se refiere el artículo 5.1 de esta última ley.
Unificación de criterio.
Referencias normativas:
Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF 81.bisLey 40/2003 Protección a las Familias Numerosas 23 5.1