TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 1176/2021, de 28 de septiembre. Recurso 782/2020
Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
SP/SENT/1115929
RESUMEN
Deudas tributarias de que son deudoras y acreedoras dos Administraciones públicas. En la compensación de oficio de tales deudas de entidades públicas, no procede incluir en la cuantificación de la deuda, a fines de compensación, por la entidad acreedora, los recargos del período ejecutivo. Doctrina de la Sala.
En la compensación de oficio de deudas de entidades públicas, no procede incluir en la cuantificación de la deuda por la entidad acreedora los recargos del período
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Resolución recurrida en casación y hechos del litigio.
1. Este recurso de casación tiene por objeto la mencionada sentencia de 29 de octubre de 2019, en cuyo fallo se acuerda, literalmente, lo siguiente:
"[...] ESTIMAMOS EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO interpuesto por el Letrado D. Ramón Entrena Cuesta, en nombre y representación del Ayuntamiento de Las Rozas, contra la resolución de la Junta Superior de Hacienda de la Consejería de Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid de 11 de julio de 2018 dictada en la reclamación económico-administrativa 15/JS=000141.2/2018 por la que se desestima la reclamación contra la resolución de 30 de agosto de 2017 dictada en el expediente de compensación 2017/000133 y, en consecuencia: ANULAMOS la resolución impugnada. ORDENAMOS que se proceda a realizar una nueva compensación únicamente sobre el importe principal de la deuda sin inclusión de recargo de apremio alguno. Con imposición de costas a la parte demandada [...]".
SEGUNDO.- Preparación y admisión del recurso de casación.
1. Notificada dicha sentencia a las partes, la Comunidad de Madrid, presentó escrito de 19 de diciembre de 2019, de preparación de recurso de casación contra la sentencia dictada, que le es desfavorable.
2. Tras justificar que concurren los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la sen