CARGANDO...

TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 863/2015, de 14 de septiembre. Recurso 1427/2014. Con Comentarios

Ponente: FAUSTO GARRIDO GONZALEZ
SP/SENT/830007
 No es diligente la notificación de apremio por multa de tráfico por edictos cuando no se ha realizado una averiguación de domicilio con el simple cruce de datos con la Agencia Tributaria
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO : Por la recurrente arriba expresada se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución antes mencionada, acordándose por esta Sala su admisión a trámite.
SEGUNDO : En el momento procesal oportuno se requirió a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando, en esencia, que se dicte sentencia por la que con estimación del recuso se declare no conforme a derecho el acto recurrido, anulando el mismo con los efectos que legalmente procedan.
TERCERO: A continuación se confirió traslado a la Abogacía del Estado, en la representación que ostentaba de la Administración General del Estado, para que contestara a la demanda, lo que se verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto y confirmando la legalidad del acto impugnado.
CUARTO: Se ha fijado la cuantía del procedimiento en 120,00 €. Recibido el juicio a prueba, se practicaron aquellos medios de prueba que admitidos, su resultado obra en autos. Después de sustanciarse el trámite de conclusiones por escrito, quedaron los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se hizo para el día 10 de septie