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TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 111/2019, de 31 de enero. Recurso 477/2017

Ponente: FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
SP/SENT/998267
 No cabe retirar la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF sobre el único dato del consumo eléctrico, debe valorarse la totalidad de pruebas aportadas al procedimiento (padrón, trabajo, seguros de la vivienda, correspondencia, etc.)
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por don Teofilo se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 14 de julio de 2.017 ante este Tribunal contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazada para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso declarando la nulidad de la resolución identificada, así como los actos administrativos de los que trae causa.
SEGUNDO.- La representación procesal de la Administración General del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicable, terminó pidiendo la desestimación del recurso.
TERCERO.- Habiéndose recibido el pleito a prueba se practicó la admitida por la Sala con el resultado obrante en autos y, tras el trámite de conclusiones, con fecha 29 de enero de 2019 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
CUARTO.- Por Acuerdo de 18 de diciembre de 2018 del Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se realizó el llamamiento del Magistrado Iltmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos en sustitución voluntaria del Magistrado Iltmo. Sr. D Juan Francisco López de Hont