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AP Madrid, Sec. 19.ª, 288/2019, de 22 de julio. Recurso 298/2019

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
SP/SENT/1016871
 Dado que en los estatutos aparece la instalación de calefacción como elemento común, es la comunidad la que debe responder por los daños provocados por una tubería de la misma aunque discurra por espacio privativo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 57 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 14 de enero de 2019 , cuyo fallo es del tenor siguiente:
"Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. Querol Aragón , en nombre y representación de Dª Gema , contra MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE MADRID, representados por el Procurador Sr. Ruipérez Palomino, debo CONDENAR y CONDENO a que dichos demandados abonen a la actora la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (84.430,82 €;), que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, absolviendo a dichos demandados del resto de las pretensiones contra ellos deducidos en la demanda.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales devengadas por los mismos.
Asimismo desestimando la referida demanda frente a ALLÍANZ CÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. y EDUPLA, S.A., representadas por el Procurador de los Tribunales Sr. Rueda López, debo ABSOLVER y ABSUELVO a dichos demandados de las pretensiones contra los mismos deducidas en la demanda, con imposición de las costas procesales devengadas por los mismos a la parte actora."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada COMUN