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AP Cantabria, Sec. 2.ª, 93/2022, de 22 de febrero. Recurso 47/2021

Ponente: MILAGROS MARTINEZ RIONDA
SP/SENT/1139374
 Los propietarios que han comunicado dos viviendas de comunidades distintas haciendo obras en la cubierta deben retirar las mismas al haberse realizado sin autorización de la comunidad alterando elementos comunes
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 8 de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 18 de noviembre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Mendiguren Luquero en nombre y representación de la Comunidad de propietarios de la CALLE000 nº NUM000, asistida por el Letrado Sr. Burgada Canales contra Cosme y Felisa, debo condenar a los citados demandados a retirar el suelo de tarima de madera aislamiento térmico de la cubierta del edificio al tratarse de unas obras que no han sido autorizadas por la Comunidad a la que pertenece dicho elemento común, obras que además suponen un grave riesgo al tratar de hacer transitable y "habitable" como terraza una cubierta que no lo es, desestimando el resto de peticiones, sin expresa condena en costas".
SEGUNDO: Contra dicha Sentencia, las representaciones de las partes demandante y demandada interpusieron en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se ha deliberado y fallado el recurso el día señalado, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente