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AP Alicante, Elche, Sec. 9.ª, 221/2022, de 3 de mayo. Recurso 688/2021

Ponente: MARCOS DE ALBA Y VEGA
SP/SENT/1156857
 Que la comunidad haya consentido tácitamente las obras que afectan a la fachada no deslegitima al comunero para solicitar su retirada cuando no hay acuerdo que se oponga al ejercicio de las acciones ejercitadas por el demandante
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 El sujeto responsable de cumplir con las obligaciones del art. 9 LPH es el propietario y por tanto debe llamársele al proceso para retirada de obras en elementos comunes inconsentidas junto con el arrendatario que ha ejecutado las obras
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 Debe retirarse las obras del local hechas en la fachada del mismo que lo integran como parte del local desde el punto de vista estético, hechas sin contar con la autorización de la comunidad para ello
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Fallo recaído en primera instancia.
El día 6 de mayo de 2021 se dictó sentencia en los autos arriba indicados cuyo fallo es del siguiente tenor literal :
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Jose Pedro contra MASPOL FORMACION Y QUILES VAQUER S.L., que quedan absueltos de las pretensiones dirigidas contra ellas, con imposición de las costas a las parte actora.
SEGUNDO.- Interposición del recurso de apelación.
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandante, siendo admitido y dándose el traslado legal a la parte contraria para oponerse y/o impugnar el recurso.
TERCERO.- Oposición al recurso de apelación.
Conferido el traslado legal, las demandadas se opusieron al recurso presentado.
CUARTO.- Formación de rollo y designación de ponente.
Elevadas las actuaciones a este tribunal, se formó el Rollo nº 688/2021, designándose ponente y señalándose para deliberación, votación y fallo el día 28 de abril de 2022 a las 10 horas.
QUINTO.- Control de la actividad procedimental.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, a excepción de algunos p