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AP Navarra, Sec. 3.ª, 391/2018, de 30 de julio. Recurso 349/2017

Ponente: ILDEFONSO PRIETO GARCIA-NIETO
SP/SENT/977110
 La falta de manifestación de discrepancia por el propietario ausente no priva al comunero de legitimación para impugnar el acuerdo por adopción de acuerdos no incluidos en el orden del día
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 No es nulo el acuerdo sobre elaboración de un informe técnico con un coste cuando en el orden del día se habla de recabar información técnica, aunque no se haya aportado presupuesto para el ello en la convocatoria
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los de la sentencia apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 19 de enero del 2017, el referido Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Tafalla dictó Sentencia en los autos de Procedimiento Ordinario (LPH - 249.1.8) nº 257/2016, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Laplaza Aysa en nombre y representación de D. Leon contra La Comunidad de Propietarios de la CALLE000 NUM000 de Tafalla, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Ortueta Condón, debo declarar y declaro que el acuerdo 1) del acta de la Junta de fecha 9 de marzo de 2016 es contrario a la ley y por lo tanto se declara nulo, dejándose sin efecto, condenando a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración y a devolver al actor la cantidad de 1.210€;, así como al pago de las costas procesales."
TERCERO.- Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte apelante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM000 DE TAFALLA.
CUARTO.- La parte apelada, D. Leon, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.
QUINTO.- Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Pro