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SP/DOCT/107107

Artículo Monográfico. Noviembre 2020

Medidas urgentes de soporte a las actividades económicas desarrolladas en locales de negocio objeto de arriendo en Cataluña (Decreto Leyi 34/2020,de 20 de octubre)

Ramon Contijoch Pratdesaba. Abogado
RESUMEN

Análisis del Decreto 34/2020, 20 octubre, dictado sobre la reducción de rentas en los locales arrendados, con entrada en vigor el día 22 de Octubre de 2020, ante las consecuencias de la pandemia por el cierre o suspensión de los negocios.

Analysis of Decree 34/2020, October 20, issued on the reduction of rents in leased premises, with entry into force on October 22, 2020, in view of the consequences of the pandemic due to the closure or suspension of businesses.

PALABRAS CLAVE

COVID-19, alquiler de llocales, reducción de rentas

COVID-19, rent of premises, rent reduction

Introducción.
El Gobierno de la Generalitat, atribuyéndose la autorización que le concede el art. 64 del Estatut d'autonomia de Catalunya, y de conformidad con el artículo 38 de la Llei 13/2.008, de 5 de Noviembre de la Presidencia de la Generalitat y del Govern y con la invocación del estado de necesidad provocado por la irrupción de la pandemia de la Covid-19, ha promulgado el Decreto Ley que encabeza este estudio.
El autor de su estudio no es quien para discutir la certeza de la facultad que invoca el Govern, advirtiendo únicamente que el citado D. Ley debe obtener la aprobación del Parlament de Catalunya y que es previsible que la oposición (en minoría) se opondrá y anunciará la interposición del recurso de inconstitucionalidad delante el T.C.; recurso que si no obtiene la adhesión del Gobierno Central no conseguirá la medida cautelar de su suspensión y tardará un largo tiempo en ser resuelto por dicho Tribunal garante de la C.E. y por lo tanto será de obligada observancia en Cataluña.
Otra cosa es lo que vayan a decir los Tribunales y por lo tanto si aceptan o no su aplicación, al estar en contradicción con la normativa de la L.E.C.
Por ello y ante la entrada en vigor el día 22 de octubre corriente, del citado D. Ley, vamos a hacer un estudio del mismo en los siguientes términos:
1.- Finalidad del Decreto Ley
La intención del legislador es obvia. Como se dice en la Exposición de motivos:
"La protección de la vida y la salud frente a la pandemia de la COVID-19 ha obligado a las autoridades competentes, el Govern entre ellas, a adaptar medidas de suspensión o restricción de las actividades económicas …. Esto obliga a adoptar medidas urgentes y extraordinarias que permitan evitar o mitigar este resultado.
… …
El contenido del presente Decreto Ley propone un criterio distributivo de las consecuencias negativas que se deriven de las prohibiciones, suspensiones y restricciones impuestas para evitar la propagación de la pandemia… El criterio no se basa en apriorismos o maximalismos, sino en un principio de solidaridad que se traduce en el reparto igualitario y equitativo de las consecuencias negativas socializando de esta manera, el riesgo y evitando hacerlo gravitar sobre una sola de las partes contratantes".