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AP Barcelona, Sec. 14.ª, 22/2020, de 28 de enero. Recurso 216/2018

Ponente: AGUSTIN VIGO MORANCHO
SP/SENT/1038833
 El acuerdo de modificación de los Estatutos para cambiar el uso de locales es válido porque se obtuvo la mayoría de 4/5 exigida y se ha convocado correctamente
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 No es abusivo el acuerdo que limita el uso de los locales a pesar de que cuando el actor compró el local el negocio de restauración no estaba prohibido
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 El acuerdo de limitación de uso de los locales no es oponible al actor que cuando adquirió el inmueble no existía la limitación
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 12 de marzo de 2018 se han recibido los autos de Procedimiento ordinario 770/2015 remitidos por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Rubí a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador JOSEP GUBERN VIVES, en nombre y representación de Hilario contra sentencia de fecha 29-9-17 y en el que consta como parte apelada la Procurador/a MARIA SANTIN PERARNAU, en nombre y representación de COMUNIDAD PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000- NUM001/ AVENIDA000 NUM002- NUM003 SANT CUGAT DEL VALLÉS.
Segundo. El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
" Que desestimo íntegramente la demanda interpuesta por Hilario representada por el Procurador Josep Gubern Vives, frente a Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION000 NUM000- NUM001/ AVENIDA000, NUM002- NUM003, Sant Cugat del Valles representada por el Procurador María Santín Perarnau, con imposición de costas a la actora."
Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 18/07/2019.
Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente al Ma