CARGANDO...

AP Barcelona, Sec. 1.ª, 103/2020, de 13 de marzo. Recurso 140/2019

Ponente: ALFONSO MERINO REBOLLO
SP/SENT/1060090
 Es válido el acuerdo por el que no se permite la apertura de una puerta hacia el local en la entrada del edificio para que la comunera pueda transformar el local en vivienda
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su fallo lo siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por Doña Susana Aparicio Abella, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de APL ABOGADOS Y ADMINISTRADORES DE FINCAS S.L. contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000 DE BARCELONA absuelvo a la demandada de las pretensiones de la demanda.
Se imponen las costas a la parte actora."
SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente Don Alfonso MERINO REBOLLO.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Planteamiento del litigio y resolución en la instancia.
1. La actora, APL Abogados y Administradores de Fincas, S. L., formuló demanda contra la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 número NUM000 de Barcelona en la que impugnaba el acuerdo 1 de la Junta de Propietarios de 29 de septiembre de 2016, solicitando la nulidad del mismo. Alegaba, en síntesis, que en fecha 30 de mayo de 2016 la actora adquirió el local número 6 sito en la planta baja del edificio. Manifestó que le fue concedida la licencia para cambio de uso de local a vivienda por el Ayuntamiento y que realizó las obras de adecuación para cambiar el uso. Indicó que el Ayuntamiento les requirió para que subsanara los defectos de accesibilidad, para lo que le exigía la apertura de una puerta por el vestíbulo de la Comunidad. Solicitaba que se declarara la nulidad del acuerdo número 1 adoptado en Junta de Propietarios de 29 de septiembre de 2016; que se otorgara permiso y autorización para la apertura de una puerta de acceso al local desde el vestíbulo de la finca para eliminar las barreras arquitectónicas que impiden el acceso desde la calle, para formalizar los requerimientos municipales de licencia de cambio de uso de local a vivienda, corriendo la actora con todos los gastos. Entendía que el acuerdo de la Comunidad de Propietarios incurría en abuso de derecho del art. 553-31.1.a) del Código Civil de Cataluña.
2. Frente a ello la Comunidad demandada se opus