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SP/DOCT/75536

Opinión. Octubre 2018

¿Acabará la Ley 5/2018 de reforma de la LEC con el problema de los "okupas" en España?

Alberto Torres López. Director Jurídico de Sepín. Abogado
El día 12 de junio de 2018, el BOE publicó la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación con la Ocupación Ilegal de Viviendas, que entró en vigor el pasado 2 de julio.
Resulta incuestionable el incremento exponencial que el fenómeno de la okupación ha tenido en España a lo largo de los últimos años. Sin embargo, este fenómeno no ha ocurrido en los países de nuestro entorno. En Francia o Alemania, con distintos matices, basta una denuncia para que la Policía desaloje inmediatamente un inmueble ocupado; en Italia, un juicio rápido permite su desalojo en un período de tiempo razonable. En España no es posible, ante la incredulidad del ciudadano medio.
Nadie olvida ni discute el art. 47 de la Constitución Española, que plasma el derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, que debe siempre ponerse en relación con el art. 33.1, que reconoce el de la propiedad privada. Lo que se pone en cuestión es la respuesta de los poderes públicos a los mandatos constitucionales y la inseguridad jurídica que esta falta de respuesta provoca.
Ante esta situación, el poder legislativo aprueba una reforma de marcado calado político, más efectista que efectiva, solo en el ámbito civil, y que, con casi toda seguridad, no va a tener el resultado esperado. El legislador, como casi siempre, olvida que el problema no es tanto de carácter pro