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TS, Sala Primera, de lo Civil, 404/2019, de 8 de julio. Recurso 860/2017

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/1011568
 Constitución de servidumbre forzosa de desagüe: el hecho de que el inmueble tenga una fosa séptica no hace desaparecer la necesidad de dar salida a las aguas residuales hasta la red general de saneamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador de los Tribunales don Javier Toucedo Rey, en nombre y representación de D. Artemio y en beneficio de la sociedad de gananciales constituida con su esposa D.ª Rebeca , formuló demanda de juicio ordinario contra D. Alvaro y D.ª Luisa . en el suplico solicitó se dictase sentencia con los siguientes pedimentos.
"Se condene a los demandados a permitir al demandante instalar, por el camino denominado Mancarelas, que discurre frente a la propiedad de los demandados y demandante, la tubería de saneamiento o desagüe desde su casa hasta la red general de saneamiento pública, conforme se describe en el informe pericial que se acompaña.
"Subsidiariamente, para el caso de que se entendiera que la franja de terreno que ocupa el camino frente a la propiedad de los demandados es propiedad de ellos, se declare haber lugar a la constitución de servidumbre forzosa a favor de la propiedad del demandante sobre esa franja de terreno destinada a servidumbre de paso, para instalar una tubería subterránea de conducción de las aguas residuales desde su vivienda hasta la red general de saneamiento, en forma descrita en el informe técnico.
"Se condene a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, absteniéndose de impedirla y dificultarla.
"Con imposición de costas a los demandados."