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TS, Sala Primera, de lo Civil, 410/2019, de 9 de julio. Recurso 607/2017

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/1013068
 Indebido rechazo del Banco de la solicitud de reestructuración de la deuda hipotecaria, pues no era necesario abonar todas la cuotas vencidas y pendientes de pago, ni debían alzarse los embargos trabados con posterioridad a la hipoteca
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 El banco debió haber atendido la solicitud de restructuración y en su caso, haber advertido el carácter inviable del plan, pero no lo hizo valer, por lo que el prestatario puede solicitar judicialmente esa restructuración
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1. El procurador Francisco Javier Gallego Brizuela, en nombre y representación de Martin y Eufrasia , interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Valladolid, contra la entidad Abanca S.A.. y suplicó al Juzgado que dictase sentencia por la que:
"se condene a la demandada a aceptar la reestructuración del préstamo hipotecario solicitada el día 21 de julio de 2014, con efectos al día 21 de septiembre de 2014".
2. El procurador Constancio Burgos Hervás, en representación de la entidad Abanca Corporación Bancaria S.A., contestó a la demanda y pidió al Juzgado que dictase sentencia por la que:
"con desestimación íntegra de la demanda se dicte sentencia por la que se absuelva a mi representada de todos los pedimentos con expresa condena en costas a la parte demandante por su temeridad y mala fe a la hora de interponer la presente demanda".
3. El Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Valladolid dictó sentencia con fecha 27 de mayo de 2016 , cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallo: Desestimando la demanda promovida por D. Martin y D.ª Eufrasia contra la entidad Abanca Corporación Bancaria S.A. por carencia sobrevenida de objeto litigioso, condenando expresamente a la entidad demandada al pago de las costas causadas por mala