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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 201/2020, de 17 de febrero. Recurso 5609/2017

Ponente: NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
SP/SENT/1038111
 Resulta aplicable la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF al ejercicio de una opción de compra en un contrato de adhesión firmado con una Cooperativa de viviendas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia aquí recurrida tiene la siguiente parte dispositiva:
"Debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de D. Alberto, contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el 27 de octubre de 2015, sobre liquidación provisional en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2010, declarando no conforme a Derecho la resolución recurrida, anulándola y dejándola sin efecto, así como la resolución del recurso de reposición y liquidación de la que trae causa. Con imposición de costas a la Administración demandada, que no podrá exceder, por todos los conceptos (incluidos los honorarios de Abogado y derechos de Procurador), de la cifra máxima de 2.000 euros, al que se deberá sumar el I.V.A., si resultara procedente, conforme a lo dispuesto en el art. 243.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en la redacción dada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre".
SEGUNDO.- Notificada la anterior sentencia, por la representación procesal de la Administración General del Estado se preparó recurso de casación, y la Sala de instancia lo tuvo por preparado y remitió las actuaciones a este Tribunal con emplazamiento de las partes.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones, el auto de 28 de febrero de 2018 de la Sección Primera de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo resolvió admitir el recurso de casación