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TS, Sala Primera, de lo Civil, 453/2020, de 23 de julio. Recurso 1405/2017

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
SP/SENT/1059690
 La entidad financiera demandada no responde los ingresos que, si bien, eran anticipos para la compra de una vivienda, no fueron realizados por el comprador, sino por una entidad mercantil, sin dar razón suficiente del concepto al que se referían
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 14 de noviembre de 2013 se presentó demanda interpuesta por D. Blas y D.ª Debora, D. ª Piedad, D. Ceferino y D.ª Elisenda, D. Darío, D. Desiderio y D.ª Eugenia, D.ª Fátima, D. Elias y D. Emiliano, y D.ª Gabriela contra Banco Popular Español S.A., Banco Santander Central Hispano S.A. y Caja Rural Central, Sociedad Cooperativa de Crédito, solicitando se dictara sentencia por la que «se condene solidariamente a "Banco Popular Español, S.A.", "Banco Santander Central Hispano, S.A." y a "Caja Rural Central, S.C.C." a pagar a los actores las cantidades siguientes:
»1) Blas & Debora ...................... €;48.878,50
»2) Piedad ......................................................................... €;39.975
»3) Ceferino & Elisenda ........................................ €;52.310,16
»4) Darío ............................................... €;52.804,50
»5) Desiderio & Eugenia ................. €;54.249
»6) Fátima ........................................................... €;53.402
»7) Elias ........................................................ €;54.249
»8) Emiliano & Gabriela ............................... €;87.584,85».