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TS, Sala Primera, de lo Civil, 364/2020, de 29 de junio. Recurso 5274/2017

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/1059725
 El error en el contrato de compraventa de los demandados implica que el derecho inscrito a su favor comprenda además la parcela del actor, siendo evidente su interés en que se declare su derecho de propiedad
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 La falta de posesión de la parcela por los demandados explica que la acción ejercitada sea la declarativa de propiedad y no la reivindicatoria
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 La sentencia no se pronuncia sobre las consecuencias registrales solicitadas, pues no consta en las actuaciones si la parcela cumple los requisitos para ser finca independiente y si dispone de la licencia de segregación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La Fundación "Luisa y Nieves Fidalgo Morales" interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Andrés, D. Florentino, D. Aquilino, D. Baltasar y D.ª Sabina, en la que solicitaba se dictara sentencia:
"por la que estimando la demanda se declare el dominio a favor de la Fundación "Luisa y Nieves Fidalgo Morales" de la siguiente finca proveniente de la finca registral NUM000 del Ayuntamiento de Valverdón: Finca Rústica procedente del Lote Cuarto del término redondo de Valcuevo y Rascones, en el término municipal de Valverdón. Ocupa una extensión superficial de cuarenta y seis hectáreas, setenta y nueve áreas y noventa y cinco centiáreas. Linda: Norte, lote número tres, propiedad de la "Fundación Luisa y Nieves Fidalgo Morales"; Sur y Oeste finca de esta procedencia transmitida a los demandados (hermanos Aquilino Sabina Florentino Andrés y D. Baltasar); y Este, término de Mozodiel. Referencia Catastral: NUM001. Se corresponde con la parcela NUM002 del Polígono NUM003 de Valverdón (Salamanca). Igualmente se ordene la inscripción como nota marginal en la finca de procedencia (finca registral NUM000 del Ayuntamiento de Valverdón) la segregación de esta propiedad del resto de la finca matriz y su inscripción como finca nueva. Todo ello con la imposición de las costas a los codemadados de oponerse a la presente demanda".
2.- La demanda fue presen