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TS, Sala Primera, de lo Civil, 260/2018, de 26 de abril. Recurso 2812/2015

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/952023
 El banco ha ido contra sus propios actos al ejercer tardíamente la facultad de vencimiento anticipado del préstamo concedido al trabajador, concurriendo también inactividad y generando en el prestatario la confianza legítima de que no lo haría
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- El procurador D. Germán González Bezunartea, en nombre y representación de D. Nicanor y D.ª Susana , interpuso demanda de juicio ordinario contra Banco Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria S.A.U., en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
«1. Se declare la vigencia y efectividad de los contratos de préstamo nº NUM000 y nº NUM001 .
»2.- Se condene a la Entidad BANCO CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A.U. a la cancelación de los datos que haya podido ceder a cualquier registro de morosos o de insolvencia, informando de tal situación a la Agencia de Protección de Datos.
»Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.»
2.- La demanda fue presentada el 6 de marzo de 2013 y repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Cádiz, fue registrada con el núm. 229/2013 . Una vez admitida a trámite, se emplazó a la parte demandada.
3.- La demandada no compareció dentro del plazo para contestar a la demanda y fue declarada en situación de rebeldía procesal por providencia de 2 de septiembre de 2013, si bien se personó posteriormente, el 5 de noviembre de 2013, mediante la procuradora D.ª Isabel Gómez Coronil.
4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la magistrada-juez del Juzg