CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 116/2019, de 21 de febrero. Recurso 1036/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/992887
 La determinación del plazo de prescripción adquisitiva por parte de la sentencia recurrida carece del necesario proceso que justifique su adopción
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Teniendo en cuenta el periodo de usucapión alcanzado tanto en la fase de presencia como en la de ausencia de ambas partes debe concluirse que el demandado había consumado la usucapión de los bienes inmuebles en el año 1997
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La procuradora doña Teresa Puente Méndez en nombre y representación de D.ª Adelaida , interpuso demanda de juicio ordinario, contra D. Luciano , bajo la dirección letrada de D.ª Alejandra Pizarro Nogués y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
"en la que se declare que, siendo mi mandante heredera abintestato de D. Jesús Ángel y representado, por tanto, a este en la herencia de D. Luciano el pago del valor de sus haberes hereditarios, es decir 60.020,81 €;, la mitad de lo que este heredó íntegramente de su padre, y 46.579,50 €;, la mitad de lo que este heredó íntegramente de su abuelo, incrementadas ambas cantidades con los intereses legales devengados desde los fallecimientos 49.584,45 €; y 14.731 ,25 €;, respectivamente, condenando, por tanto, al demandado, al pago a la demandante de la cantidad total de ciento setenta mil novecientos quince con noventa y un euros, (170.915,91 €;) más los intereses legales de dicha suma desde la interposición de la presente demanda, con expresa imposición de costos al demandado".
SEGUNDO .- El procurador don Marcos Juan Calleja García, en nombre y representación de D. Luciano , contestó a la demanda, bajo la dirección letrada de D.ª Adelaida y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día senten