Encuesta Jurídica. Diciembre 2020
En el nuevo régimen de plazos de instrucción de los procesos penales tras la reforma del art. 324 LECrim. por la Ley 2/2020, de 27 de julio: 1. ¿Qué procesos deben considerarse “en tramitación” a la entrada en vigor de la Ley para que les resulte de aplicación? 2. ¿Es válida la diligencia de investigación interesada en plazo, pero acordada fuera de plazo por el Juez? 3. ¿Qué campo tienen las “diligencias complementarias” con la nueva regulación?
Coordinador: Roberto Guimerá Ferrer-Sama. Director de Sepín Penal. Abogado
RESUMEN
La Ley 2/2020, de 27 de julio, ha dado una nueva redacción a polémico artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal relativo a los plazos máximos de instrucción del proceso penal. Pero de esa nueva redacción surgen diversas cuestiones, tres de las cuales hemos sometido a la opinión de nuestros expertos, y que se abordan en la presente encuesta jurídica
ABSTRACT
Law 2/2020, of 27 July, has given a new wording to the controversial Article 324 of the Law on Criminal Procedure regarding the maximum time limits for the investigation of criminal proceedings. However, several questions arise from this new wording, three of which we have submitted to our experts, and which are dealt with in this legal survey
PALABRAS CLAVE
Plazo máximo de instrucción, proceso penal, artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, diligencias de investigación, diligencias complementarias, tutela judicial efectiva
KEYWORDS
Maximum period of investigation, criminal proceedings, Article 324 of the Law on Criminal Procedure, investigative measures, complementary measures, effective judicial protection