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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 1245/2019, de 25 de septiembre. Recurso 3884/2017

Ponente: FRANCISCO JAVIER BORREGO BORREGO
SP/SENT/1020824
 Procuradores. Baja por impago de cuotas colegiales. La anulación del Estatuto supone la reviviscencia del anterior que da amparo a las resoluciones de baja adoptadas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Antecedentes administrativos:
El procurador D. Agustín solicitó la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de Madrid de 5 de mayo de 2011 (confirmado en alzada por el de 27 de octubre de 2011), que acordó -en aplicación de lo dispuesto en el art. 10.1.d) y .5 del Estatuto del ICPM de 2011- su baja en el ejercicio de la profesión de procurador por impago de la cuota colegial (cuota variable).
SEGUNDO.- Recurso de apelación ante el T.S.J. de Madrid.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ( Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (T.S.J. Madrid), dictó sentencia el 27 de julio de 2015, en el recurso de apelación 342/2014 , interpuesto por el Colegio de Procuradores de Madrid, al que el Sr. Agustín se opuso y a su vez se adhirió a la apelación, estimatoria del recurso y anuló la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 28, que acogió el recurso contencioso interpuesto por D. Agustín contra el acuerdo colegial de baja por impago de cuotas, de 16 de mayo de 2011, mantenido en la resolución de la alzada en 16 de noviembre de 2011.
Tras el Auto de fecha 1 de septiembre de 2016 accediendo a la nulidad de actuaciones solicitada por el Sr. Agustín , la Sala del T.S.J. de Madrid dictó nueva sentencia el 10 de diciembre de 2013 , cuyo fallo fue: "Que desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto