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TC, Sala Primera, 9/2021, de 25 de enero. Recurso 6090/2019

Ponente: Santiago Martínez-Vares García
SP/SENT/1083885
 El emplazamiento a la actora a través de la dirección electrónica habilitada, cuando debía haberse realizado de forma personal por ser la primera comunicación con el órgano judicial, conlleva a la declaración de nulidad de actuaciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Por escrito registrado en este tribunal el 25 de octubre de 2019, la entidad Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur, S.L., representada por la procuradora de los tribunales doña Blanca Berriatua Horta y bajo la dirección del letrado don Marcelino Gilabert García, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones referidas en el encabezamiento. La presentación de dicho escrito dio lugar al recurso de amparo núm. 6090-2019, cuyo conocimiento correspondió a la Sección Segunda de este tribunal.
2. Los antecedentes relevantes para resolver la pretensión planteada, según se recogen en la demanda y en la documentación aportada, son en síntesis los siguientes:
a) En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5 de Lorca se sigue procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 385-2018 promovido por la entidad Banco de Sabadell, S.A., frente a las sociedades Euroinversiones Inmobiliarias Costa Sur, S.L., en calidad de prestataria e hipotecante, y Penrei Inversiones, S.L., en calidad de titular registral de un derecho de uso y disfrute sobre el inmueble hipotecado, la finca registral 43.361 del Registro de la Propiedad núm. 3 de Lorca.
b) Por auto de 7 de junio de 2018 se acordó despachar ejecución frente las sociedades demandadas por la cantidad de 8199,12 € de principal y 4510 € como intereses y costas presupuestados. El servicio de notificaciones de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre remitió a la d