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AP Baleares, Sec. 3.ª, 88/2021, de 3 de marzo. Recurso 167/2020

Ponente: ANA CALADO OREJAS
SP/SENT/1098343
 Actuación negligente del procurador que no presentó en el Registro, el mandamiento para la prórroga del embargo, lo que determinó que la ejecutante y hoy actora, perdiera la preferencia de su crédito
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca, se dictó sentencia en fecha 23 de septiembre de 2019, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Que, desestimo íntegramente la demanda presentada por el procurador D. JUAN CERDA BESTARD en nombre de TABICOR INCA, S.L. contra D. Jesús Carlos y CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER). Impongo las costas a TABICOR INCA, S.L.
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SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia, ambas partes recurrieron en apelación, la codemandada CASER vía impugnación, recurso que fueron admitidos y seguidos por sus trámites, se señaló para votación y fallo el 23 de febrero de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Se ejercita por la parte demandante acción de responsabilidad civil contra el Procurador D. Jesús Carlos y su aseguradora CASER.
Alega que era su representante procesal en el juicio cambiario 655/05 seguido a su instancia contra D. Anibal en el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Inca en los que se trabó embargo preventivo sobre nueve fincas registrales (el 24 de julio de 2006). Seguida la ejecución nº 77/2010, derivada del proceso cambiario, el día 23 de junio de 2011 se celebró subasta en la que solicitó la adjudicación de los lotes 1, 2, 3, 4, 6, 8 y 9, quedando desierta la subasta para los lotes 5 y 7 y solicitándose el alzamiento del embargo de estas dos últimas fincas. Por Decreto de 16 de mayo de 2012 TABICOR S.L. se adjudicó las fincas las fincas números NUM000 (lote 1) , NUM001 (lote 2), NUM002 (lote 3), NUM003 (lote 8), NUM004 (lote 9), y se aprobó la cesión del remate de las fincas registrales números NUM005 (lote 4) y NUM006 (lote 6).
Con anterioridad a esa adjudicación el procurador demandado presentó en fecha 6 de julio de 2010 escrito al Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Inca solicitando la expedición de mandamiento de prórroga manifestando que el día 24 de julio caducaba la anotación de embargo practicada en su día (año 2006) en el Registro de la Propiedad de Inca; y el Juzgado referido dictó resolución de fecha 22 de julio de 2010 decretando la prórroga de anotación preventiva de embargo en el registro de la propiedad co