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TSJ Castilla-La Mancha, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 5/2021, de 5 de julio. Recurso 2/2021

Ponente: VICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
SP/SENT/1109873
 Nulidad de laudo: la ausencia de un traslado formal de esos documentos probatorios simultánea a su aportación y anterior a la vista, no es relevante para ocasionar una lesión del derecho de defensa en un procedimiento arbitral
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 No es posible trasladar al procedimiento arbitral de una forma automática todas las formas y posibilidades de aportación de pruebas en el procedimiento civil
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 Las discrepancias sobre la forma de valorar e interpretar los medios de prueba practicados en el procedimiento arbitral o sobre la carga de la prueba no puede ser susceptible de ser calificado de vicio de orden público
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 24 de Enero de 2021 tuvo entrada en esta Sala demanda sobre impugnación de laudo arbitral formulada por la representación procesal de la parte actora, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó aplicables, suplicaba se tuviera por formulada DEMANDA SOBRE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL contra Dña. Remedios demanda que deberá sustanciarse por los trámites del juicio verbal, en relación con el laudo arbitral dictado con fecha 25 de noviembre de 2020 por el arbitro D. Teodosio, en la Comisión de arbitraje, Conciliación y Mediación del Consejo Regional de Economía Social de Castilla-La Mancha, en el expediente de arbitraje nº AR 4/2020; y en su virtud, admita a trámite la presente demanda, y previos los oportunos trámites procesales, dicte en su día sentencia por la que, con estimación de la presente demanda, declare la nulidad del referido laudo arbitral, confirmando en consecuencia el acuerdo de exclusión, o de forma subsidiaria, se acuerde la devolución del expediente al citado árbitro D. Teodosio para que se reanude el procedimiento arbitral en el momento procesal previo a la práctica de la prueba.
Y todo ello con expresa condena en costas a la demandada si se opusiera a la presente demanda. Es justicia que solicito.
Por medio de otro sí solicitaba la práctica de diversos medios de prueba.
SEGUNDO.- Una vez registrada la demanda se dictó Decreto por el que se admitía