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Laboral y Seguridad Social

TJCE/TJUE, Sala Séptima, de 28 de junio de 2018. Recurso C-57/17

Ponente: E. Jarašiunas
SP/SENT/961167
Gestión Documental
 Protección del FOGASA a trabajadores asalariados en caso de insolvencia empresarial: discriminación de la norma española que excluye a trabajadores que extinguen la relación laboral al rechazar un traslado por suponer un cambio de domicilio
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ANTECEDENTES DE HECHO
1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3, párrafo primero, de la Directiva 2008/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO 2008, L 283, p. 36).
2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre la Sra. Eva Soraya Checa Honrado y el Fondo de Garantía Salarial (en lo sucesivo, «Fogasa»), en relación con la negativa de este a asumir, a raíz de la insolvencia del empresario de la Sra. Checa Honrado, el pago de la indemnización debida por extinción de su contrato de trabajo.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
3 La Directiva 2008/94 codificó la Directiva 80/987/CEE del Consejo, de 20 de octubre de 1980, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO 1980, L 283, p. 23; EE 05/02, p. 219), en la versión modificada en último lugar por la Directiva 2002/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002 (DO 2002, L 270, p. 10), y la derogó.
4 Según el considerando 3 de la Directiva 2008/94:
«Son necesarias normas para la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario y para garantizarles un mínimo de protección, especialmente
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