CARGANDO...
SP/DOCT/22995

Opinión. Agosto 2017

Principales novedades de la modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria

Natalia García García. Directora Técnica de Sepín Familia. Abogada
Notas previas
En virtud de la Ley 4/2017, de 28 de junio, (BOE n.º 154, de 29 de junio de 2017 –SP/LEG/22178–) se modifica la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (SP/LEG/18006).
Con ello se aplaza un año más, hasta el 30 de junio de 2018, la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (SP/LEG/7796), y de algunos preceptos de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria. Modifica, además, la redacción de los artículos del Código Civil y de la citada Ley de Jurisdicción Voluntaria relativos a los requisitos de capacidad exigidos a los contrayentes.
¿Qué aspectos podemos destacar?
Se modifica la redacción del art. 56 CC, dada por la Ley 15/2015
La Disposición Final Primera de la Ley 15/2015 modificaba determinados artículos del Código Civil y, entre ellos, el art. 56 CC donde se disponía que "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario Judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".
Sin embargo, numerosas críticas surgieron en torno a este precepto, así como sobre la interpretación del término "discapacidad", lo que dio lugar al pronunciamiento de la DGRN a través de una Resolución Circular de 23 de diciembre de 2016 (SP/LEG/21214). En la misma, se aclaraba "(...) que la exigencia por parte del Letrado de la Administración de Justicia, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente de dictamen médico sobre la aptitud para prestar el consentimiento de aquellos contrayentes que estuvieren afectados por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se debe entender necesariamente limitada exclusivamente a aquellos casos en los que la deficiencia afecte de forma sustancial a la prestación del consentimiento por el interesado en cuestión (...)".
Se pretende así aclarar que la intención de la reforma que introducía la Ley de Jurisdicción Voluntaria era la de favorecer la celebraci