CARGANDO...

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 193/2019, de 20 de marzo. Recurso 495/2018

Ponente: MARIA ISABEL TOMAS GARCIA
SP/SENT/1000272
 Se aplica el principio capital de la autonomía privada de los contratos al Pacto entre cónyuges homologado judicialmente, a pesar de que el punto 7º pueda ser perjudicial para el marido no establecer cantidad ni plazo al cobro de su mitad indivisa
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- RESOLUCIÓN RECURRIDA.
En el juicio de divorcio 685/16 iniciado contencioso ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Terrassa se aportó propuesta de convenio regulador de fecha 7/2/18 que fue homologada por Sentencia de 16 de febrero de 2.018 salvo en pacto 7º relativo a la liquidación del condominio que los litigantes ostentan sobre el inmueble que fuera hogar familiar.
Segundo.- LAS PARTES EN EL RECURSO.
Contra esta concreta decisión -negativa a la aprobación de uno de los pactos alcanzados- DOÑA Piedad interpuso recurso de apelación. Conferido legal traslado, DON Salvador declina presentar oposición. Emplazadas las partes ante la Superioridad, comparece únicamente la apelante para sostener su recurso.
Tercero.- TRAMITACIÓN EN LA SALA.
Recibidos los autos en esta Sección, descartamos la necesidad de celebración de vista y el día 20 de marzo de 2.019 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.
Cuarto.- CUMPLIMIENTO DE LOS TRÁMITES.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección.
Expresa la decisión del Tribunal la magistrada doña Maria Isabel Tomas Garcia, que actúa c