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AP Lleida, Sec. 2.ª, 51/2016, de 2 de febrero. Recurso 445/2015

Ponente: ANA CRISTINA SAINZ PEREDA
SP/SENT/852626
 No es injustificada la solicitud de la madre de que sea necesario su consentimiento expreso para que el menor salga del territorio español, pues el padre se encuentra arraigado en Suecia, donde trabaja, y existe además un amplio régimen de visitas
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 Medida adecuada para garantizar los derechos e intereses de todas las partes, salvaguardando debidamente el interés superior del menor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La transcripción literal de la parte dispositiva de la Sentencia dictada en fecha 28 de noviembre de 2014 , es la siguiente:
"F A L L O
QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA DE MEDIDAS PERSONALES Y PATRIMONIALES PARA HIJOS MENORES DE EDAD interpuesta por Eugenia , representada por Carme Fontova contra Juan Ramón , debo adoptar las siguientes medidas respecto al hijo menor de edad Aureliano :
Aureliano queda bajo la patria potestad de los dos progenitores, si bien bajo la guarda y custodia de su madre
El padre cuando regrese a España podra tener a Aureliano consigo:
hasta que el menor cumpla 6 años:
- Fines de semana alternos, sabados y domingos, sin pernocta, de las 9.00 a las 20.00; sin distincion de periodos vacacionales.
Una vez el menor cumpla 6 años se fijara un regimen ordinario de fines de semana alternos y mitad de vacaciones
Se fija en 250 euros mensuales la cantidad que el padre deberá abonar en concepto de alimentos para su hijo Aureliano , cantidad que deberá ser abonada en la cuenta bancaria que designe la madre dentro de los cinco primeros días de cada mes y por mensualidades anticipadas , y que se actualizará anualmente conforme al IPC u otro índice que le sustituya.
Los gastos extraordinarios en sentid