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AP Barcelona, Sec. 19.ª, 299/2015, de 16 de diciembre. Recurso 611/2014

Ponente: ASUNCION CLARET CASTANY
SP/SENT/853243
 Carece de legitimación el hijo para reclamar la legítima que le correspondía a su padre fallecido pues falta el presupuesto imprescindible del art. 461-13.2 CCC de que el transmisario haya aceptado la herencia de su causante
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por don Gustavo contra don Ildefonso , debo desestimar las pretensiones formuladas en la demanda, imponiendo al actor el pago de las costas causadas. ".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte Gustavo mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 9 de diciembre de 2015.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Frente a la sentencia dictada en la instancia que desestima la demanda interpuesta por Gustavo frente a Ildefonso en base a la que ejecita acción de reclamación de legítima respecto a la herencia de su abuela Dña. Concepción fallecida en junio de 2009 en cuanto hijo de D. Severiano , hijo de la causante que falleció en septiembre de 2011 y por ello heredero del legitinario fallecido, al apreciar falta de legitimación activa para reclamar el derecho a la legítima de su padre al no acreditar su condición de heredero del legitimario fallecido, al no aportar ni testamento ni escritura de aceptación ni declaración de herederos intestada, se alza el recurrente insistiendo en la procedencia de la acción entablada, toda vez que si bien el actor no es legitimario de la causante, lo era su padre, pero su derecho a apercibirla se transmite a sus herederos, acreditando el actor el fallecimiento del legitimario y padre sin otorgar testamento y la condición de descendiente de aquél.
SEGUNDO.- No discutido que D. Severiano , padre del aquí actor, falleció en fecha 22/09/2011, siendo legitimario en la herencia de su madre y causante Dª. Concepción fallecida el 20/06/2009, quién no ejercitó en vida acción en reclamación en pago de legítima; no consta justificado ni si el legitimario fallecido otorgó testamento o acto de última voluntad ni tampoco la apertura de la sucesión ab intestato y la consiguiente aceptación del aquí accionante, en una u otra condición, al acompañarse por lo