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TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 14/2017, de 16 de marzo. Recurso 133/2016

Ponente: JOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU
SP/SENT/904229
 Se confirma la pensión compensatoria sin límite temporal: esposa de 61 años que se ha dedicado a la familia durante los 21 años de matrimonio sin posibilidad de acceder al trabajo ante la dificultad de reciclar sus conocimientos como médico
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Procurador de los Tribunales Sr. Carles Peya Gascons, actuó en nombre y representación del Sr. Alberto formulando demanda de divorcio núm. 103/14 en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de La Bisbal d'Empordà. Seguida la tramitación legal, el Juzgado indicado dictó sentencia con fecha 15 de julio de 2014 , la parte dispositiva de la cual dice lo siguiente:
" Que ESTIMO la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Alberto contra Dª. Encarnacion y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda reconvencional interpuesta por la repesentación procesal de Dª. Encarnacion contra D. Alberto , y acuerdo el divorcio del matrimonio formado por D. Alberto y Dª. Encarnacion contraído el 17 de diciembre de 1.992 con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, y en especial, adoptando las siguientes medidas:
1).- Quedan revocados todos los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
2).- Ninguna cantidad deberá abonar D. Alberto a Dª. Encarnacion en concepto de pensión de alimentos.
3).- En concepto de pensión compensatoria a favor de Dª. Encarnacion , D. Alberto vendrá obligado a satisfacer, durante tres años y concretamente desde el día 1º de septiembre de 2014 hasta el 1º de agosto de 2017 en q