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TJCE/TJUE, Sala Gran Sala, de 6 de noviembre de 2018. Recurso C-569/16

Ponente: A. Prechal
SP/SENT/976482
 Compensación por vacaciones anuales no disfrutadas: los herederos del trabajador fallecido pueden reclamarla al antiguo empleador; derecho transmisible mortis causa
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ANTECEDENTES DE HECHO
Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9), y del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
Dichas peticiones se han presentado en el contexto de dos litigios, a saber, en el asunto C-569/16, entre la Stadt Wuppertal (Ayuntamiento de Wuppertal, Alemania) y la Sra. Maria Elisabeth Bauer, y en el asunto C-570/16, entre el Sr. Volker Willmeroth, como propietario de TWI Technische Wartung und Instandsetzung Volker Willmeroth eK, y la Sra. Martina Broßonn, en relación con la negativa del Ayuntamiento de Wuppertal y del Sr. Willmeroth, como antiguos empleadores de los cónyuges, ya fallecidos, de las Sras. Bauer y Broßonn, respectivamente, a pagar a estas últimas una compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por sus cónyuges con anterioridad a su fallecimiento.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Según el cuarto considerando de la Directiva 93/104/CE del Consejo, de 23 de noviembre de 1993, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 1993, L 307, p. 18):
«Considerando que la Carta