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TS, Sala Primera, de lo Civil, 292/2019, de 23 de mayo. Recurso 3364/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/1006169
 No se pueden conceder los interés legales desde la venta de las acciones, entregadas por el canje de las obligaciones subordinadas, cuando lo ejercitado y estimado, es una acción de resolución contractual y de indemnización de daños y perjuicios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- La procuradora Dña. María del Mar Domingo Boluda, en nombre y representación de Dña. Carmela , interpuso demanda de juicio ordinario sobre nulidad o anulabilidad de compra de obligaciones de deuda subordinada e indemnización por los daños y perjuicios, contra Catalunya Banc S.A. y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
"1.- Que se declare la nulidad de los contratos consistentes en la entrega por la parte de la actora de la suma de 105.000,00.-€;, y la inversión por parte de la demandada en obligaciones de deuda subordinada, por error en el consentimiento, subsidiariamente por dolo y subsidiariamente por infracción de las normas imperativas que regulan el mercado de valores y las normas de actuación de las entidades de crédito y vulneración de los principios de contratación con consumidores.
"2.- Que se declare la obligación de restituirse ambas partes las mutuas prestaciones, con sus frutos e intereses y en consecuencia se condena a Catalunya Caixa a restituir a la actora la suma de veintitrés mil quinientos cuarenta y un euros con cuarenta y dos céntimos (23.541,42.-€;), debiendo descontarse los rendimientos procedentes de los años vigentes de los contratos, resultado de detraer de la cantidad inicialmente invertida todas las cantidades que mi mandante haya percibido en concepto de intereses o rendimientos derivado