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TS, Sala Primera, de lo Civil, 180/2022, de 2 de marzo. Recurso 4270/2018

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/1136551
RESUMEN

Reiteración de doctrina contenida en la sentencia 645/2021, de 28 de septiembre. Novación de cláusula suelo y renuncia de acciones.

 Cuando se novó la cláusula suelo los prestatarios conocían la existencia de la cláusula suelo, que era potencialmente nula por falta de transparencia y su incidencia, entendiéndose que se superaron los requisitos de transparencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
La representación procesal de D. Gervasio y D.ª Crescencia, interpuso demanda de juicio ordinario contra Ibercaja Banco S.A., que fue repartida al Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Jerez de los Caballeros, y finalizó con sentencia núm. 131/2017 de 26 de junio, cuyo fallo dispone:
"Estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales, Don Manuel Pérez Guerrero, en nombre y representación de Don Gervasio y Doña Crescencia frente a Ibercaja Banco S.A. debo declarar y declaro la nulidad de la cláusula relativa a la limitación a la variabilidad del interés remuneratorio contenida en la escritura de préstamo hipotecario otorgada en fecha 23 de marzo de 2007, ante la Notario, Doña Olivia Eljarrat López, con el nº 227 de su protocolo, declarando la subsistencia del contrato de préstamo en lo restante. Debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por tal declaración, así como rehacer el cálculo y reintegrar a la demandante las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de la indicada cláusula desde la fecha suscripción del préstamo hipotecario, cuantía que se incrementará con los intereses legales desde cada cobro. Todo ello con imposición de costas procesales a la demandada".
SEGUNDO.- Tramitación en segunda instancia.
1.- La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por