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TS, Sala Primera, de lo Civil, 163/2018, de 22 de marzo. Recurso 2123/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/945964
 Procede la restitución íntegra, y no limitada a partir del 9 de mayo de 2013, de los intereses cobrados de más por el banco como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo más los intereses legales desde su fecha de aplicación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador D. Manuel Hernández Sanchís, en nombre y representación de Dña. María Inmaculada , D. Diego , D. Eleuterio , Dña. Antonieta , D. Constantino y Dña. Africa , interpuso demanda de juicio ordinario declarativa de nulidad de cláusulas generales abusivas (suelo-techo) obrantes en contratos de préstamo hipotecario, contra Unión de Créditos para la Financiera Mobiliaria e Inmobiliaria Credifimo EFC, S.A, bajo la dirección letrada de D. José Mateos Ruescas y Dña. Sandra Aurrecoechea Ríos y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
«1.- Declare la nulidad de la condición general, en concreto la estipulación tercera bis que establece, en el contrato de préstamo NUM000 del que se deriva la presente demanda, el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un 3,95% y un máximo de un 20% y cuyo contenido literal es: "El tipo aplicable al devengo de los intereses ordinarios no podrá ser, en ningún caso, superior al 20% ni inferior al 3,950% anual".
»2.- Declare la nulidad de la condición general, en concreto de la estipulación obrante en el contrato de préstamo NUM001 del que se deriva la presente demanda, el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un 5,95% y un máximo de un 20% y cuyo contenido literal es: "El tipo aplicable al devengo de los intereses ordinarios no