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SP/DOCT/114062

Opinión. Junio 2021

Reducción del tipo de IVA aplicable en la factura de la luz para los consumidores, pero no para todos

Samuel de Huerta Hernández. Director Técnico Sepín Asesor Fiscal. Abogado.
RESUMEN

Sujetos a los que será de aplicación en la factura una rebaja del tipo del IVA aplicable por determinados suministros de energía eléctrica, de forma excepcional y transitoria

PALABRAS CLAVE

IVA, Factura de la Luz, Consumidores

Introducción
La recuperación de la situación económica, social y de consumo tras los peores momentos sufridos por la pandemia por el COVID-19 se ha visto ralentizada por el precio de la electricidad en España, marcando por precios inusualmente altos, situación por la que se ha acometido una rebaja del tipo del IVA aplicable a determinados suministros de energía eléctrica para minimizar la factura eléctrica, de forma excepcional y transitoria.
¿Cuál será el nuevo tipo de IVA aplicable en la factura de la luz?
El Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua (en sucesivas RD Ley 12/2021) introduce un nuevo tipo del IVA aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica del 10 por ciento, en lugar del 21 que venía aplicándose.
¿A qué período de facturación/consumo de luz les será de aplicación el nuevo tipo reducido del IVA?
Desde el 26 de junio del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
¿Quiénes podrán beneficiarse del tipo reducido del IVA en la factura de la luz?
El RD Ley 12/2021 establece como beneficiarios del tipo reducido a:
Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada sea inferior a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh y;
Perceptores del bono social de electricidad con reconocimiento de la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social
En consecuencia, si bien no es posible dudar de las buenas intenciones de la medida de reducir el tipo del IVA en la factura de la luz a los consumidores durante el segundo semestre del ejercicio 2021 ésta será de aplicación a los consumidores, pero no todos.