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SP/DOCT/98085

Informes y Conclusiones. Marzo 2020

Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo Coronavirus

Ministerio de Trabajo y Economía Social
RESUMEN

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, conforme a la información facilitada en el transcurso de estas semanas pasadas por el Ministerio de Sanidad sobre la protección de las personas trabajadoras con riesgo de exposición al nuevo coronavirus y dado el incremento de casos, ha publicado esta Guía para actuar en el ámbito laboral con carácter preventivo y en relación al nuevo coronavirus en casos de existir un peligro "grave, inminente e inevitable" de contagio.

Entre las diferentes medidas que deberían adoptarse destacan las siguientes:

- Paralizar la actividad por decisión de la empresa adoptando medidas organizativas o preventivas temporalmente.
- Paralizar la actividad por decisión de las personas trabajadoras, conforme al art. 21.2 de la LPRL.
- Adoptar medidas preventivas, conforme a la a normativa de prevención de riesgos laborales.
- Desarrollar el teletrabajo por acuerdo colectivo o individual para el desarrollo de las tareas y actividades imprescindibles.
- Supender total o parcialmente la actividad por expediente de regulación de empleo temporal (ERTE), conforme al art. 47 ET y RD 1483/2012, de 29 de octubre.
- Suspender total o parcialmente la actividad, sin tramitación del ERTE, por alguna de las causas productivas, organizativas o técnicas, pero paralizando la actividad y conservando los trabajadores el derecho al salario conforme al art. 30 ET.

PALABRAS CLAVE

Prevención de riesgos laborales; expediente de regulación de empleo; seguridad e higiene