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AP León, Sec. 3.ª, 162/2019, de 29 de marzo. Recurso 90/2018

Ponente: ERNESTO MALLO GARCIA
SP/SENT/1002483
 Absolución de la persona jurídica al haberse dirigido acusación contra ella sin respetar el ámbito subjetivo marcado por el auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado
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 Hay delito de estafa continuado con abuso de relaciones personales en la apariencia de solvencia de la entidad para aprovechar esta circunstancia y quedarse con el dinero entregado para la compra de coches
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- En el Juzgado de 1º Instancia e Instrucción nº 1 de Ponferrada, se siguieron actuaciones contra los arriba indicados, dictándose el día 4.9.2018 auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, en el que en su fundamento de Derecho Primero se dice:
"De las diligencias instructoras practicadas se desprende la existencia de indicios racionales de criminalidad que permiten, con la provisionalidad propia del momento procesal en que nos hallamos y, sin perjuicio de la calificación que posteriormente dará el Ministerio Fiscal, así como las partes personadas, imputar a los siguientes ilícitos penales;
Avelino , un delito de estafa."
Y en su parte dispositiva se dice:
"Continúense las presentes Diligencias Previas como PROCEDIMIENTO ABREVIADO 19/18 siguiendo el trámite previsto en el Capítulo IV del Título II del Libro IV de la LECr.
Recábense los antecedentes penales del investigado Avelino ."
SEGUNDO - El Ministerio Fiscal formuló acusación solo contra D. Avelino y la acusación particular contra D. Avelino y contra MIMECARS SL, y el día 8.11.2018 se dictó auto de apertura del juicio oral, del siguiente tenor en su parte dispositiva:
"1.- SE DECRETA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL, en el presente procedimiento y se tiene por formulada la acusac