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AN, Sala de lo Penal, Sec. 4.ª, 16/2019, de 2 de julio. Recurso 10/2017

Ponente: MARIA TERESA PALACIOS CRIADO
SP/SENT/1014181
 Los ingresos de dinero en las cuentas de los acusados, a sabiendas de que se empleaba para el pago a proveedores y comerciantes, permitía que la trama delictiva lo incorporara al tráfico bancario y mercantil con apariencia legal
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 No puede considerarse que las entidades fueran participantes a título lucrativo al haber instrumentalizado el acusado a estas para conseguir el blanqueo de capital e incorporarlo al tráfico jurídico de manera regular
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En las Diligencias Previas 3751/2010 seguidas en el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, se acordó por auto de 11 de marzo de 2013 , la formación de pieza separada, de la que en fecha de 14 de noviembre siguiente, se confirmó la inhibición acordada a la Audiencia Nacional en auto de 5 de julio anterior, correspondiéndole al Juzgado Central de Instrucción número 6, registrándolo como Procedimiento Abreviado 132/2013.
Tras la práctica de diligencias y declarada compleja la causa en auto de 25 de febrero de 2016, en resolución de 29 de julio siguiente se dictó auto de transformación en Procedimiento Abreviado, rectificado por el de 19 de agosto que fue declarado nulo el 13 de septiembre siguiente, dictándose nuevo auto de Procedimiento Abreviado en fecha de 14 de septiembre que fue rectificado en fecha de 22 de noviembre de ese año 2016 y confirmado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en autos de 19 de mayo y 14 de julio de 2017 .
En fecha de 15/3/2017 se había dictado auto de Apertura de Juicio Oral habiendo formulado previamente el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares los escritos de calificación provisional y tras dicho trámite, se formuló el correlativo por la defensa de los acusados.
Elevadas las actuaciones a la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, en fecha 5/7/2018 , se dictó auto de admisión de prueba y por Decreto de la misma fecha la Sra.