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SP/DOCT/81846

Notas y Comentarios. Abril 2019

Orientaciones de la AEPD para la publicación de actos administrativos por parte de las Administraciones Públicas

Maravillas López Egea. Redacción Jurídica de Sepin Administrativo.
La identificación de los interesados por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos se ha venido haciendo con inclusión del nombre, apellidos y número íntegro del DNI o documento análogo, sin embrago la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, para minimizar el impacto en la privacidad de los ciudadanos, regula que ha de publicarse el nombre, apellidos y únicamente cuatro cifras aleatorias del documento nacional de identidad, y así en el apartado primero de su Disposición adicional séptima "Identificación a los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos", indica que:
Cuando sea necesaria la publicación de un acto administrativo que contuviese datos personales del afectado: se identificará al mismo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras aleatorias deberán alternarse.
Cuando se trate de la notificación por medio de anuncios, particularmente en los supuestos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Cuando los interesados en un procedimiento s